Entradas

Mostrando entradas de abril, 2021

Registración de contratos de alquiler

Diseñamos planes para que los Locadores puedan cumplir con la nueva regulación de registración de contratos de alquiler: OPCION 1:   Inscripción del contrato de locación en AFIP. OPCION 2:   Inscripción de contrato de locación y altas impositivas en AFIP y AGIP/ARBA. OPCION 3:  Monotributistas con abono mensual que incluye: inscripción del contrato de locación en AFIP, altas impositivas en AFIP y AGIP/ARBA, seteo de parámetros de facturación, emisión de factura mensual, liquidación mensual y anual de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, recategorizaciones periódicas de Monotributo. OPCION 4: Responsables Inscriptos con abono mensual que incluye:  inscripción del contrato de locación en AFIP, altas impositivas en AFIP y AGIP/ARBA, seteo de parámetros de facturación, emisión de factura mensual, liquidación mensual y anual de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral, liquidaciones mensuales de IVA y Libro IVA (en caso de corresponder) y Declaración Jurada anual de Impuesto a las Gananc

Declaraciones Juradas 2020

En Junio vencen las Declaraciones Juradas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales 2020. ¿Ya elegiste a tu Contador? ¿Qué esperás para contactarnos?: Mail: contadorespublicosuba@gmail.com Whatsapp: + 54 9 11 2503 0970 / 0971

AFIP - Cambios en Monotributo

Imagen
  Con la aprobación de la nueva Ley, se modificarán las categorías de monotributo. Así quedarán las nuevas categorías que regirán cuando AFIP las reglamente: Categoría A : el monto facturado anual mínimo es hoy de $ 208.000 y se eleva a $ 283.000. Y el monto mensual a pagar pasa de $ 1.955,68   a $ 2.646,04   tanto para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes. Categoría B :  el tope sube de $ 313.108,89 a $ 423.636,30 y las cuotas pasan de $ 2.186,80 a $ 2.958,74 para servicios y bienes. Categoría C:   el techo de facturación pasa de $ 417.478,51 a $ 564.848,42 y las cuotas suben de $ 2.499,91 a $ 3.382,38 para servicios y de $ 2.457,65 a $ 3.325,20 para bienes. Categoría D:  ​ la facturación máxima en esta categoría era de $ 626.217,78 y ahora subirá a $ 847.272,66, en tanto que las cuotas para servicios que eran de $ 3.988,56 pasan a $ 3.894,43 para servicios y bienes. Categoría E : el límite máximo de ventas se eleva de $ 834.957 a $ 1.129.696,82 y las cuotas

AFIP - Cambios en el Impuesto a las Ganancias

Imagen
 Les traemos las principales modificaciones de la nueva Ley: Se eximen: -Las sumas que se perciban en concepto de bono por productividad, fallo de caja, o conceptos de similar naturaleza, hasta un monto equivalente al 40% del Mínimo no Imponible de la ganancia no imponible para remuneraciones brutas que no superen la suma de $ 300.000 mensuales. - El Sueldo Anual Complementario para las remuneraciones y/o haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000 mensuales. -Se aclara la procedencia de la deducción por cargas de familia para concubinos. -Se incrementa en 1 vez la deducción para el caso de cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años con discapacidad en los términos del artículo 9º de la Ley 24.901. -Se incorpora una deducción especial incrementada adicional que neutralice el Impuesto a las Ganancias para las remuneraciones y/o haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000 mensuales. Respecto de aquellos salarios que no queden comprendidos en el benefic